Obligaciones de transparencia  
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Artículo 74
 
Los sujetos obligados deberán informar al Instituto de Transparencia las fracciones del artículo 77 que le son aplicables y deberán verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional. El Instituto de Transparencia verificará y aprobará, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

 
 Articulo 74 

Tablas de aplicabilidad, tablas de actualización y conservación de la información


  2017 

5 Oriente 201, Col. Centro
5 Oriente 201, Col. Centro