Obligaciones de transparencia  
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Artículo 89
 
Además de lo señalado en el Capítulo II del presente Título, el Instituto de Transparencia, deberá publicar, difundir y mantener actualizada y accesible, la información siguiente:
 
 Fracción Ia
La relación de observaciones, las resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones;
 
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*Funcionario Responsable:   Jesús Sancristobal Ángel


 



5 Oriente 201, Col. Centro
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