Obligaciones de transparencia  
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Artículo 89
 
Además de lo señalado en el Capítulo II del presente Título, el Instituto de Transparencia, deberá publicar, difundir y mantener actualizada y accesible, la información siguiente:
 
 Fracción III
Lista de asistencia, orden del día, versiones estenográficas y actas de las sesiones del Pleno, así como los acuerdos y resoluciones tomados en dichas sesiones con la votación nominal de cada uno de ellos;
 
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*Funcionario Responsable:   Jesús Sancristobal Ángel


 



5 Oriente 201, Col. Centro
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